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Requisitos mínimos para presentar la solicitud

Pueden solicitar ser centro acreditado por el Instituto Cervantes los centros que reúnan los siguientes requisitos generales:

  • Tener entre sus actividades la enseñanza de ELE de forma presencial.
  • Estar ubicados en ciudades donde no haya centros del Instituto Cervantes (salvo en casos en que circunstancias excepcionales aconsejen lo contrario).
  • Cumplir los requisitos jurídicos que se detallan en el apartado Requisitos legales y documentación jurídica.
  • Cumplir los requisitos mínimos del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes para cada apartado que se contempla en la evaluación y que se recogen en esta tabla.

Requisitos mínimos del SACIC, de cumplimiento obligatorio para todos los centros

Estos requisitos mínimos se exigen a los centros que inician el procedimiento de acreditación. Adicionalmente a estos requisitos para la acreditación, los centros han de obtener un resultado favorable en la evaluación de su actividad (ver requisitos de puntuación de la evaluación. La relación completa de descriptores para la evaluación está recogida en el documento Proceso de acreditación. Información general, páginas 45-65).

  1. Organización y funcionamiento del centro.
    • 1.1. Funcionamiento organizativo y administrativo.
      • 1.1.1. Cumplir con la normativa del país en materia de prevención.
      • 1.1.2. Contar, como organización o como centro, con una experiencia mínima de dos años en la enseñanza de ELE.
      • 1.1.3. Disponer de un sistema de gestión de datos de alumnos.
      • 1.1.4. Disponer de un sistema de evaluación de la satisfacción de los usuarios externos del centro.
      • 1.1.5. Disponer de un sistema de atención de sugerencias, reclamaciones y quejas.
    • 1.2. Equipos y personas.
      • 1.2.1. Contar con equipos y personas adecuados para el funcionamiento y la gestión administrativa y académica del centro.
      • 1.2.2. Contar como mínimo con una persona dedicada exclusivamente a tareas administrativas, con formación específica para el puesto, conocimiento de idiomas y experiencia de al menos un año en la gestión administrativa.
      • 1.2.3. Contar con una persona que desempeñe tareas de coordinación académica y que disponga de un horario de dedicación exclusiva a estas tareas que le permita la atención a alumnos y profesores y la gestión académica del centro.
      • 1.2.4. Contar como mínimo con dos profesores de español que cumplan con los requisitos siguientes:
        • 1.2.4.1. Ser titulados universitarios.
        • 1.2.4.2. Acreditar formación especializada en la enseñanza de ELE (mínimo, 60 horas).
        • 1.2.4.3. Contar con una experiencia docente en ELE de, al menos, 600 horas.
        • 1.2.4.4. Tener una relación laboral o profesional consolidada con el centro y formalizada a través de contratos.
  2. Servicios de enseñanza-aprendizaje.
    • 2.1. Planificación de la enseñanza y el aprendizaje.
      • 2.1.1. Estar dedicado a la enseñanza como actividad profesional y ofrecer, entre sus actividades, la enseñanza de ELE de forma presencial, ya sea con carácter único, prioritario o complementario.
      • 2.1.2. Ofrecer de forma permanente cursos de español de, al menos, tres niveles.
      • 2.1.3. Disponer de un Plan de enseñanza en el que consten: definición de niveles, especificación de objetivos y contenidos, orientaciones metodológicas, criterios de evaluación y criterios para el seguimiento y la orientación del aprendizaje del alumno.
      • 2.1.4. Disponer de programas de los cursos generales de español establecidos en el currículo del centro.
    • 2.2. Desarrollo de cursos y clases.
      • 2.2.1. Impartir cursos de ELE de forma presencial, ya sea con carácter único, prioritario o complementario, de al menos tres niveles.
      • 2.2.2. Disponer de documentos de planificación de clase de los cursos de español que se imparten en el centro.
      • 2.2.3. Disponer de un sistema de registro de clases, donde conste la asistencia de los alumnos, el contenido cubierto en las clases y el material utilizado.
    • 2.3. Evaluación de los alumnos.
      • 2.3.1. Disponer de un Plan de enseñanza en el que consten los criterios de evaluación1.
    • 2.4. Orientación y seguimiento del alumno.
      • 2.4.1. Disponer de un Plan de enseñanza en el que consten criterios para el seguimiento y la orientación del aprendizaje del alumno.
    • 2.5. Coordinación de la actividad académica.
      • 2.5.1. Contar con una persona que desempeñe tareas de coordinación académica y que disponga de un horario de dedicación exclusiva para la realización de estas tareas que le permita la atención a alumnos y profesores y la gestión académica del centro.
  3. Servicios complementarios a la enseñanza.
    • 3.1. Disponer de un programa de actividades culturales, deportivas y sociales que fomenten la difusión de la cultura en español.
    • 3.2. (Para los centros ya acreditados) Promover entre los alumnos del centro el valor de la certificación oficial de dominio lingüístico, con especial atención a los Diplomas de Español que otorga el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España.
  4. Instalaciones y recursos para la enseñanza-aprendizaje.
    • 4.1. Disponer de unas instalaciones, con licencia de actividad2 en vigor a nombre del titular del centro, que tengan una superficie total de, al menos, 150 m². Esta superficie podrá ser inferior en el caso de que el centro se dedique de manera exclusiva a la enseñanza del español.
    • 4.2. Disponer de un espacio de uso para los profesores del centro, que disponga de ordenadores con conexión a Internet e impresora a su disposición.
    • 4.3. Disponer, como mínimo, de dos aulas dedicadas preferentemente a la enseñanza del español.
    • 4.4. Disponer de un espacio común para los descansos de las clases.
    • 4.5. Disponer de aseos suficientes para el volumen de actividad del centro.
    • 4.6. Disponer de una biblioteca o, en su defecto, un espacio que, entre sus funciones, tenga la de ser usada como biblioteca.
    • 4.7. Contar con los medios técnicos adecuados para la enseñanza de ELE en función del volumen de actividad (número de alumnos y cursos). Como mínimo, el centro ha de contar con la posibilidad de utilizar material audiovisual en dos de sus aulas.
  5. Información y difusión del centro y sus servicios.
    • 5.1. Disponer de una web y de folletos publicitarios en, al menos, dos idiomas.
    • 5.2. Incluir en los distintos soportes publicitarios información sobre: el centro, los cursos y su contenido, los precios, las condiciones de los servicios contratados y los cargos o condiciones para el reembolso o la cancelación de dichos servicios.

Notas

  • (1) Han de constar los criterios de evaluación de los cursos que se imparten en el centro. Pueden estar recogidos en el Plan de enseñanza o en los programas de curso. Volver
  • (2) Para centros ubicados fuera de España, requisitos legales equivalentes para el desarrollo de la actividad y en consonancia con la legislación vigente del país. Volver
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